Casación rechazó el pedido de Macri de bloquear la pericia sobre sus teléfonos
El expresidente había presentado un recurso extraordinario para bloquear la orden de la jueza Servini de Cubría para investigar llamados de Macri y el operador judicial Fabián “Pepín” Rodríguez en relación con la causa de presiones al Grupo Indalo.
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó este miércoles los recursos extraordinarios a través de los cuales las defensas del expresidente Mauricio Macri y del diputado del Parlasur, Fabián “Pepín” Rodríguez Simón, pretendían llegar a la Corte Suprema de Justicia con su planteo contra la decisión de ordenar una pericia sobre sus teléfonos y llamadas en la causa que los investiga por presiones al grupo Indalo.
Los jueces de la sala tercera del máximo tribunal penal de este país resolvieron “no hacer lugar a los recursos extraordinarios” presentados por las defensas de los acusados, según consta en el fallo al que tuvo acceso Télam.
“Los planteos deducidos por las esforzadas defensas se remiten a cuestiones de hecho y prueba y derecho común y procesal, los cuales, sabido es, resultan ajenos a la vía extraordinaria intentada”, sostuvo el juez de Casación, Juan Carlos Gemignani, al promover el rechazo de la vía planteada por los abogados de las defensas.
La jueza de la causa, María RomildaServini, delimitó “el marco temporal de la medida de prueba dispuesta a los 10 días anteriores y posteriores” a ciertos sucesos.
“Toda vez que la decisión impugnada no resulta una sentencia definitiva ni equiparable, como asimismo que no se ha acreditado debidamente la existencia de una cuestión federal ni de gravedad institucional, adherimos al rechazo de los recursos extraordinarios interpuestos, con costas”, completaron los jueces Eduardo Riggi y Liliana Catucci.
Los planteos de las defensas de Macri y Rodríguez Simón tienen por objetivo evitar que la jueza María Romilda Servini acceda a un informe ya elaborado por la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (Dajudeco) que depende de la Corte Surpema sobre los llamados telefónicos entrantes y salientes de los acusados en torno a distintas fechas trascendentes para el expediente.
La jueza Servini ordenó los entrecruzamientos de llamados entre los imputados para determinar si se contactaron entre sí o con personas que podrían resultar de trascendencia para la investigación en fechas consideradas clave en la pesquisa.
Ante una apelación de Macri, la Cámara Federal porteña ratificó la medida, pero le ordenó a la magistrada circunscribirla a hechos concretos de la investigación y no realizarla de manera general.
El 29 de octubre pasado, Servini delimitó “el marco temporal de la medida de prueba dispuesta a los 10 días anteriores y posteriores” a ciertos sucesos.
Las defensas volvieron a apelar y alegaron “violaciones al derecho a la intimidad, como asimismo cuestiones de Estado y de seguridad nacional”, recordó Casación al rechazar estos recursos por “inadmisibles”.
Servini ordenó pedir los informes por hechos puntuales ocurridos desde el 25 de octubre de 2015 y el 9 de abril de 2019, incluidas las detenciones y posteriores liberaciones de López y De Sousa por supuestos delitos en su petrolera Oil Combustibles.
Según la denuncia, los acusados habrían “ejercido presiones a partir de actos públicos y en la esfera privada de los dueños del Grupo Indalo, con reuniones en las que habrían participado funcionarios públicos y hasta el mismísimo –entonces– presidente Macri”.