Desde este miércoles se amplía el radio prohibido para vehículos de tracción a sangre
Las zonas afectadas por esta nueva regulación incluyen al norte, donde se delimita entre la Avenida Presidente Ilía y la Avenida Salto Uruguayo; al sur, desde Libertador y Doctores Catini, extendiéndose por Ituzaingó hasta Castelli, luego por Castelli hasta Humberto Primo, continuando por Humberto Primo hasta San Martín, y finalmente hasta Diamante. Al este, la prohibición alcanza el Boulevard Maipú y su continuación Salta-Gastelacoto hasta el río Uruguay, mientras que al oeste se incluye la calle Diamante.
Además, esta prohibición se extiende a la zona de Costa Negra Sur, abarcando la Avenida de los Pueblos Originarios tanto al norte como al sur, así como al área conocida como Zona Verde, incluyendo el puente Albiar y la Ruta Arturo Frondizi.
Según detalla esta nueva ordenanza, el incumplimiento de lo dispuesto en esta nueva ordenanza de la ciudad de Concordia tiene como sanción con multas de 5 a 50 juristas y o de comiso definitivo del carro y los animales. En caso de reincidencia el juez podrá elevar la pena en base a los antecedentes existentes y la gravedad de la infracción.
Se trata puntualmente de la Ordenanza 38.530, ampliación de la Zona de Prohibición de TAS.