El Gobierno nacional autorizó emitir deuda por $221.119 millones para pagar obras públicas
El Ministerio de Economía amplió la emisión de títulos públicos para cancelar obligaciones pendientes con contratistas de obras nacionales. La medida contempla deudas correspondientes a trabajos realizados entre 2022 y 2025.
El Gobierno nacional autorizó una ampliación de la emisión de títulos públicos por hasta $221.119.509.519 para cancelar deudas pendientes con empresas contratistas de obras públicas. La decisión fue formalizada mediante la Resolución Conjunta 59/2026 de las secretarías de Finanzas y Hacienda, publicada este martes 6 de octubre en el Boletín Oficial.
La medida forma parte de un régimen destinado a regularizar obligaciones correspondientes a contratos de infraestructura ejecutados bajo la órbita de las secretarías de Obras Públicas y Transporte del Ministerio de Economía.
También estableció que las acreencias reconocidas podrán cancelarse mediante la entrega de títulos del Tesoro Nacional, en lugar de realizarse exclusivamente mediante transferencias de dinero.
Cómo se pagarán las deudas de obras públicas
La resolución dispuso ampliar la emisión de tres instrumentos financieros, que serán entregados a los contratistas según una distribución previamente establecida.
El 33% de la canasta estará integrado por Letras del Tesoro con vencimiento el 30 de octubre de 2026, mientras que otro 33% corresponderá a bonos que vencerán el 15 de enero de 2027.
El 34% restante estará compuesto por bonos del Tesoro Nacional capitalizables en pesos, con vencimiento el 30 de abril de 2027.
Los títulos se entregarán a su valor técnico, calculado al día hábil anterior a su efectiva entrega. El monto autorizado representa un límite máximo para la operatoria y no significa que todas las obligaciones hayan sido canceladas.
Qué empresas podrán acceder al mecanismo
El régimen de cancelación de deudas había sido establecido en julio de 2026 mediante la Resolución 1/2026 de la Secretaría de Coordinación de Infraestructura.
Comprende a contratistas con acreencias por certificados de obra, acopio de materiales y redeterminaciones de precios correspondientes al período comprendido entre el 1° de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2025.
También contempla determinadas obligaciones pendientes derivadas de contratos de obra pública extinguidos a partir de 2024, de acuerdo con las condiciones previstas en el régimen.
Vale destacar que la nueva resolución no crea el mecanismo de cancelación, sino que autoriza la ampliación de emisiones de títulos públicos para hacerlo operativo.
