La Justicia ordenó a OSER garantizar maestra de apoyo para todo el ciclo escolar de una adolescente con discapacidad
Un fallo que sienta un precedente relevante para las familias de personas con discapacidad en la provincia, la Sala Primera Civil y Comercial de la Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú condenó a la Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (OSER) a brindar cobertura total e integral a una adolescente. La resolución destaca por su alcance, ya que no se limita al año en curso, sino que abarca toda la trayectoria educativa restante de la alumna.
La causa fue impulsada por la madre de la joven, quien posee Certificado Único de Discapacidad (CUD) y requiere acompañamiento áulico permanente. El tribunal cuestionó severamente la postura de la obra social, que obligaba a la familia a recurrir a la Justicia año tras año para obtener la misma prestación.
Al respecto, la jueza Ana Clara Pauletti fundamentó la necesidad de una «condena de futuro» para evitar el desgaste administrativo y judicial:
“Es preciso garantizarle el acceso a futuras prestaciones abarcativas de la etapa de escolarización restante y no solo del año en curso, evitando que deba iniciarse una nueva acción de amparo de verificarse un nuevo incumplimiento de la entidad».
La sentencia ordena a la OSER a otorgar el 100% del costo del «Módulo maestra de apoyo para acompañamiento en el aula». La magistrada subrayó que la obra social vulneró derechos fundamentales al interrumpir un servicio que ya se venía prestando, ignorando normativas de protección integral.
“La vía elegida tiene soporte pues… exige reconocer adicionalmente el derecho a una rápida respuesta prestacional de la obra social en relación a una prestación que ya estaba en curso, de modo de asegurar la garantía propia al derecho a la salud que emana del ‘principio de no interrupción’, aquí no respetado”, sentenció la magistrada en el fallo.
La obra social había denegado la cobertura bajo el argumento de que se trataba de una prestación educativa y no de salud. Sin embargo, el tribunal rechazó esta distinción, advirtiendo que:
-El apoyo escolar es parte de un abordaje terapéutico integral.
-Existe una «vulnerabilidad ínsita» tanto en la niña como en su madre, quien es empleada pública del sector salud.
-El amparo es la vía idónea para garantizar el derecho a la dignidad y el desarrollo de las personas con discapacidad.
La resolución establece que la cobertura deberá mantenerse “mientras dure su diagnóstico e indicación médica (que la progenitora deberá presentar al OSER antes del inicio del año escolar) y transite su inserción escolar”.
Con este dictamen, la justicia entrerriana busca eliminar las «barreras injustificadas» y asegurar que la adolescente pueda continuar sus estudios en el Instituto Agrotécnico de Gualeguaychú sin la incertidumbre de perder su apoyo docente en cada inicio de ciclo lectivo.
