El Gobierno fijó el nuevo salario mínimo: tendrá aumentos mensuales hasta alcanzar los $437.000
El salario mínimo quedó en $383.800 desde septiembre y tendrá aumentos mensuales hasta alcanzar los $437.000 en abril de 2027, según dispuso el gobierno nacional.
El Gobierno nacional estableció el nuevo salario mínimo, vital y móvil en $383.800 desde el 1º de septiembre de 2026 para los trabajadores mensualizados que cumplan la jornada legal completa. Además, fijó una escala de incrementos mensuales que llevará el monto hasta los $437.000 en abril de 2027.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 4/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, dependiente de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. La norma también determinó los valores por hora para los trabajadores jornalizados.
Según estableció la resolución, el salario mínimo será de $391.200 en octubre y $1.956 por hora; mientras que en noviembre alcanzará los $398.800 mensuales y $1.994 por hora.
Cómo aumentará el salario mínimo hasta abril
Para diciembre de 2026, el Salario Mínimo, Vital y Móvil quedó establecido en $406.400 para los trabajadores mensualizados y $2.032 por hora para los jornalizados.
La escala continuará en 2027. Desde el 1º de enero será de $414.200 mensuales y $2.071 por hora; en febrero ascenderá a $422.000 y $2.110, respectivamente; y en marzo llegará a $429.600 mensuales y $2.148 por hora.
Finalmente, desde el 1º de abril de 2027, el salario mínimo quedará fijado en $437.000 para quienes cumplan una jornada legal completa y $2.185 por hora para los trabajadores jornalizados.
La resolución estableció que los montos alcanzan a los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo de la Ley 20.744, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y todas las entidades y organismos del Estado Nacional que actúen como empleadores.
En los casos contemplados por los artículos 92 ter y 198 de la Ley de Contrato de Trabajo, vinculados con modalidades que no cumplen la jornada legal completa, el salario mínimo deberá percibirse en la proporción correspondiente.
La decisión fue adoptada luego de la reunión virtual realizada el 28 de agosto de 2026 por el Consejo Nacional del Empleo y la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil y Prestaciones por Desempleo. Según consignó la resolución, tras “un extenso intercambio de opiniones”, no se alcanzó un acuerdo y debió emitirse un laudo para establecer los nuevos valores.
Qué pasará con la prestación por desempleo
La Resolución 4/2026 también mantuvo la fórmula utilizada para determinar la Prestación por Desempleo contemplada por la Ley 24.013.
El beneficio será equivalente al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida por el trabajador durante los seis meses anteriores a la finalización del contrato laboral que originó la situación de desempleo.
La norma determinó además que la prestación mensual no podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente ni superar el 100% de ese valor. De esta manera, los límites se modificarán en función de cada uno de los montos establecidos en la nueva escala.
