Shakira será procesada por defraudar 14,5 millones de euros a Hacienda
La cantante podría enfrentarse a una pena de prisión
Si anoche Shakira paseaba como una auténtica diva por el firmamento de estrellas que estos días en Cannes hoy se ha conocido que la cantante podría sentarse en el banquillo después de que la Audiencia de Barcelona haya rechazado el recurso presentado por la artista contra su procesamiento por seis presuntos delitos contra la Hacienda Pública, tal y como ha dado a conocer el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
Esta decisión tomada por el tribunal de mantener el procesamiento que dictó en julio del año pasado el Juzgado de Instrucción 2 de Esplugues de Llobregat (Barcelona), colocan a Shakira a un paso de ser juzgada tras presuntamente defraudar a Hacienda más de 14 millones de euros en los ejercicios del 2012, 2013 y 2014. Sin embargo, no todo está perdido para la colombiana, pues aún existe la posibilidad de que consiga llegar a un pacto con la Fiscalía.
Por su parte, el juez encargado del caso sostiene que la cantante era residente fiscal en España y que, por lo tanto, debería pagar aquí sus impuestos, algo que la cantante no hizo, alegando que durante esos años no vivía en nuestro país, sino que tenía establecida su residencia en Las Bahamas y que tan solo visitaba España en contadas ocasiones. Sin embargo y tras ciertas investigaciones llevadas a cabo por los inspectores de Hacienda, estos argumentaron y documentaron que la residencia habitual de la cantante estaba establecida en Barcelona junto a su pareja Gerad Piqué, o lo que es lo mismo pasó más de 183 días aquí por lo que debería tributar a la Hacienda española tal y como dice la normativa.
En el auto de la audiencia se señala que la documentación aportada por la cantante “no sería suficiente para acreditar la residencia fiscal en otro país” por lo que se entiende que la artista pasó como mínimo la mitad del año más un día en España. “No pueden dar en esta fase procesal lugar al sobreseimiento interesado una vez que no se ha apreciado la insuficiencia de los indicios de acreditación del hecho principal”, añade el auto de la Audiencia.