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Urribarri, condenado a 8 años de prisión efectiva por peculado

El Tribunal –integrado por José María Chemez, Elvio Garzón y Carolina Castagno– dio a conocer el adelanto de la sentencia en el marco del megajuicio que tiene como principal imputado al dos veces gobernador de Entre Ríos y actual embajador argentino en Israel y Chipre, Sergio Urribarri.

Sergio Daniel Urribarri fue declarado autor material y responsable de los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y peculado y condenado a la pena de ocho años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta perpetua y multa por $180 mil pesos.

Los otros ocho condenados

Por otro lado, el exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Baez, fue condenado por los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y peculado a seis años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta perpetua y multa por $90 mil.

El cuñado de Urribarri y funcionario del Senado de Entre Ríos, Juan Pablo Aguilera, partícipe necesario de los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y peculado, fue condenado a seis años y seis meses de prisión efectiva, inhabilitación absoluta perpetua y multa por $180 mil pesos.

El tribunal condenó a Corina Elizabeth Cargnel, partícipe necesaria de los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y peculado, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación absoluta perpetua y multa por $90 mil pesos.

Seguidamente, declararon a Gustavo Ruben Tamay como partícipe necesario y responsable de los delitos de negociaciones incompatibles en el ejercicio de la función pública y peculado y lo condenaron a tres años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación absoluta, perpetua y multa por $90 mil pesos.

Luciana Belén Almada, esposa de Aguilera, fue declarada partícipe secundaria y responsable de los delitos de negociaciones incompatibles en el ejercicio de la función pública y peculado. Fue condenada a dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional, inhabilitación absoluta perpetua y multa por $90 mil pesos.

Posteriormente, declararon a Emiliano Oscar Giacopuzzi como partícipe secundario y responsable de los delitos de negociaciones incompatibles en el ejercicio de la función pública y peculado. Fue condenado a dos años y seis meses de prisión ejecución condicional, inhabilitación absoluta perpetua y multa por $90 mil pesos.

Germán Esteban Buffa fue declarado partícipe necesario y responsable de los delitos de negociaciones incompatibles en el ejercicio de la función pública y condenado a un año y dos meses de prisión de ejecución condicional e inhabilitación absoluta perpetua.

Por último, Gerardo Daniel “Foia” Caruso fue declarado partícipe necesario y responsable de los delitos de negociaciones incompatibles en el ejercicio de la función pública y peculado y condenado a tres años de ejecución condicional, inhabilitación absoluta perpetua y multa por $90 mil pesos.

Respecto a los imputados Cargnel, Tamay, Almada, Giacopuzzi, Buffa y Caruso establecieron como regla de conducta y por el término de dos años la fijación de domicilio, que no podrán variar sin autorización judicial, y la realización de tareas no remunerativas a razón de ocho horas mensuales, que se llevarán a cabo en el lugar designado por el área correspondiente del STJ.

Cabe aclarar que, al tratarse de una “sentencia de primera instancia”, se estima que será apelada y, en tal caso, las condenas quedarían en suspenso.

Los absueltos

Por otro lado, el tribunal decidió absolver de culpa y cargo a Maximiliano Romeo Sena; al cuñado de Aguilera, Alejandro Luis José Almada, a Hugo Félix Céspedes, quien falleció en medio del desarrollo de las audiencias; y Gustavo Javier Tórtul. El exministro de Turismo durante el gobierno de Urribarri, Hugo José María Marsó, también fue absuelto.

Estaban acusados por delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y peculado.

El megajuicio

Se llegó a esta instancia luego de que la Justicia decidiera, el 13 de agosto de 2020, agrupar las tres grandes causas contra Urribarri en un solo expediente y así dar lugar al megajuicio.

El primero de los tres casos es por el otorgamiento de una pauta publicitaria del Estado a la empresa Global Means, del empresario Germán Buffa, antes de que esa firma tuviera existencia real; el segundo –conocido como la “causa de la vaca” o “de las imprentas”–, investigó de qué modo dos empresas, Tep SRL y Next SRL, que se adjudican al cuñado de Urribarri, Juan Pablo Aguilera, se quedó durante 5 años con la torta del negocio de la pauta publicitaria oficial en cartelería en vía pública; y la megacausa del Sueño Entrerriano, que involucra la publicación de una solicitada contra los fondos buitre; la instalación de un parador playero en Mar del Plata que costó $14 millones; y el pago a la productora Nelly Entertainment de $28 millones para difundir tres spots en apariencia para difundir la Cumbre del Mercosur de 2014.

Fuente: El Entre Ríos
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