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Fiesta clandestina de Concordia,La Justicia Federal cita a indagatoria a la dueña y participantes. - Nueva Prensa Entre Ríos
CONCORDIACOVID-19

Fiesta clandestina de Concordia,La Justicia Federal cita a indagatoria a la dueña y participantes.

La Justicia Federal tomó cartas en el asunto. La referencia es para la fiesta clandestina que tuvo lugar, el último fin de semana, en la zona norte de Concordia.

Fiesta de sábado por la noche

El domingo por la mañana, en el control que municipales y fuerzas de seguridad realizan sobre avenida Monseñor Rösch, a metros de su intersección con la Ruta Nacional A015, 5 vehículos fueron retenidos tras constatarse que regresaban de una fiesta privada en zona de lago de Salto Grande.

Así se informó entonces, desde el propio municipio concordiense. La novedad, que de primera mano obtuvo El Entre Ríos, fue que la fiscal María Josefina Minatta intervino tras la denuncia recibida por la Coordinadora de Operativos Conjuntos de Inspecciones municipales de Concordia.

Intervino la Justicia Federal

En efecto, la integrante del Ministerio Público Fiscal de la Procuración General de la Nación procedió a citar a la mencionada funcionaria para que brinde declaración testimonial, al igual que una inspectora municipal y un sargento de la Policía de Entre Ríos. Del mismo modo, la fiscal convocó a que declaren en indagatoria la mujer que asumió ser la propietaria del galpón donde se realizó la fiesta que, en tiempos de pandemia, no está permitido realizarse.

Además, deberán comparecer ante la Fiscalía Federal con asiento en Concepción del Uruguay el sobrino de la propietaria, en calidad de “organizador del evento” y a otros 3 jóvenes que participaron de esa reunión.

¿Qué delito habrían cometido? Hasta el momento, la Justicia Federal encuadró lo sucedido dentro de la figura penal prevista por el artículo 205 del Código Penal, es decir “violación de medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

¿A qué penas se exponen? Ese mismo artículo contempla que tal delito será reprimido con prisión de seis meses a dos años. El 205 es uno de los dos artículos del Código Penal de la Nación (el otro es el 239) que hacen remisión a las consecuencias penales que puede conllevar la violación del aislamiento dispuesto por decretos presidenciales vigentes.

Detalles de la clandestina

La reunión social tuvo lugar dentro de un galpón ubicado en inmediaciones del barrio Taguato. Allí habrían asistido varias personas en vehículos particulares y dispuesto de música y luces estroboscopicas, las que habitualmente se utilizan en los boliches. El acceso al predio estaba cerrado por un tranquera, detalló la misma fuente consultada por El Entre Ríos.

Hasta ese predio fueron las autoridades para notificar a los presentes de la infracción. No fueron escuchados pese a las señas de luces y bocinas realizadas. Finalmente, se los interceptó a las 10:25 cuando intentaron pasar por el control, regresando hacia el ejido urbano. La propietaria fue notificada, reconoció la existencia de la fiesta y que su sobrino la había organizado.

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