La Costanera Nébel también tendrá su sector de food trucks y se prohíben algunos usos
Una promulgada ordenanza municipal define los usos de la Costanera Nébel. Contempla una zona para food trucks, otra para módulos gastronómicos permanentes y prohíbe la instalación de boliches bailables.
La Municipalidad de Concordia oficializó la nueva zonificación y las condiciones generales de uso para la Costanera Nébel, un proyecto que busca ordenar el desarrollo del paseo ribereño y sumar nuevos servicios para vecinos y turistas.
La iniciativa quedó plasmada en la Ordenanza Nº 38.854, sancionada por el Concejo Deliberante el 25 de junio y promulgada por el Departamento Ejecutivo el 29 de junio. Entre las principales novedades se encuentra la creación de un espacio exclusivo destinado a vehículos expendedores de alimentos del tipo “Food Truck”.
El nuevo sector estará emplazado en las inmediaciones de la avenida Santiago Coldaroli y el borde del río Uruguay, dentro de un predio municipal que será delimitado. Allí se prevé la instalación de la infraestructura necesaria para el funcionamiento de la actividad gastronómica, incluyendo suministro de energía eléctrica, agua potable, manejo de residuos y demás servicios indispensables.
Un paseo con tres sectores diferenciados
La ordenanza establece tres grandes áreas de uso dentro de la Costanera Nébel. La primera corresponde a la denominada “Zona Gastronómica para vehículos expendedores de alimentos del tipo Food Truck”, pensada para concentrar este tipo de emprendimientos en un espacio específico.
La segunda será la “Zona de Equipamiento Comercial Gastronómico”, ubicada en cercanías del boulevard San Lorenzo y la ribera del río Uruguay. Allí podrán instalarse estructuras modulares livianas de carácter permanente destinadas al funcionamiento de locales gastronómicos, con expansiones al aire libre y un diseño integrado al paisaje costero.
El texto señala que estos módulos deberán contar con accesibilidad, infraestructura adecuada, equipamiento y servicios que garanticen el correcto desarrollo de la actividad, además de respetar un prototipo arquitectónico previsto por el municipio.
Juegos, miradores y preservación del entorno
La tercera área definida será una “Zona de Estar y Juegos”, que se ubicará en inmediaciones de calle Néstor Garat. El espacio estará destinado a actividades recreativas y de esparcimiento, con juegos infantiles, bancos, mesas, áreas de descanso y una parquización basada en vegetación autóctona adaptada al ambiente ribereño.
La ordenanza también dispone la consolidación de otros espacios ya existentes dentro del paseo, como los estacionamientos, miradores y accesos a la playa.
Respecto de la actividad gastronómica, la normativa establece que este tipo de emprendimientos, incluyendo espectáculos acústicos en vivo, serán considerados “usos condicionados”, por lo que cada proyecto deberá ser evaluado por las áreas técnicas municipales antes de recibir la autorización correspondiente.
Prohibición para boliches y equipos de sonido de alta potencia
Uno de los puntos destacados de la nueva reglamentación es la prohibición expresa para la instalación de boliches bailables, discotecas, salones de fiestas o actividades similares dentro de la Costanera Nébel.
La medida se fundamenta en la cercanía del paseo con sectores residenciales y busca preservar la convivencia con los vecinos.
Además, la ordenanza prohíbe la utilización de vehículos equipados con sistemas de sonido de alta potencia, como los conocidos equipos de “caraudio” o similares, evitando así la difusión de música mediante este tipo de dispositivos en toda la Costanera Nébel.
Finalmente, la normativa faculta a la Secretaría de Obras Públicas y al Ente de Gestión Costanera a elaborar los proyectos ejecutivos, realizar las obras de infraestructura necesarias y llevar adelante los llamados a licitación que permitan concretar las distintas intervenciones previstas en el nuevo esquema de desarrollo del paseo ribereño.
