El joven investigado por vender drogas a través de Telegram deberá realizar trabajos comunitarios
La Justicia Federal concedió la suspensión del juicio a prueba por el plazo de dos años a Luciano Adrián Romero Hergenzter. Se trata del joven que había sido procesado por facilitar un lugar o elemento para la comercialización de estupefacientes. La investigación se inició a partir de un grupo de Telegram denominado “Droga Concordia”, utilizado para ofrecer distintas sustancias.
La resolución fue dictada por el Juzgado Federal de Concordia, con la conformidad del Ministerio Público Fiscal y a partir del pedido presentado por los abogados de Romero Hergenzter, Dres. Martín Lombardo y Pablo Palacio.
De acuerdo con la investigación, Luciano Adrián Romero Hergenzter fue identificado por la Policía Federal Argentina como administrador del grupo de Telegram. En ese espacio se habrían comercializado marihuana, cocaína, MDMA y éxtasis, entre otras sustancias.
En el marco de la causa, se realizaron tareas de investigación mediante agentes reveladores, intervenciones telefónicas y trabajos de campo. También se concretaron nueve allanamientos, en los que se secuestraron estupefacientes, dinero, celulares y elementos utilizados para el acondicionamiento de las sustancias.
El joven fue procesado sin prisión preventiva en junio de este año por el delito previsto en el artículo 10 de la Ley 23.737, que contempla la facilitación de un lugar o elemento para el comercio de estupefacientes. Luego, la resolución fue parcialmente confirmada por la Cámara Federal de Paraná.
Para conceder el beneficio, la jueza Analia Ramponi tuvo en cuenta que el imputado no registra antecedentes penales y la postura favorable de la Fiscalía, que consideró viable una salida alternativa al juicio.
Como condición, deberá realizar trabajos comunitarios no remunerados durante dos años en el Club Comunicaciones de Concordia, a razón de ocho horas semanales. Las tareas estarán vinculadas al mantenimiento de las instalaciones y la institución deberá informar sobre su cumplimiento.
Además, tendrá que fijar residencia e informar cualquier cambio de domicilio. El incumplimiento de las condiciones podría dejar sin efecto la suspensión del juicio a prueba.
Por otra parte, la magistrada resolvió dejar sin efecto la prohibición de salida del país que pesaba sobre el joven.
La suspensión del juicio a prueba no constituye una condena, es decir, si cumple las reglas impuestas y los demás requisitos legales, la acción penal podrá extinguirse.
Fuente: Concordia Policiales
